Simplificación de Trámites Administrativos: Guatemala

Simplificación de Trámites Administrativos: Guatemala

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La propuesta o iniciativa de Ley 5766 para la simplificación de requisitos para trámites administrativos que esperamos sea publicada en mayo de 2021 sigue la misma filosofía que han implementado en la última década y mayormente en 2020 las economías más avanzadas de la región (1).

Le referida iniciativa de Ley será un paso importante hacia la gestión de procesos ante instancias gubernamentales de forma electrónica y sin presencia física, que conveniente en estos tiempos, y permitirá agilidad, así como activará la necesidad de plataformas más robustas por parte del Gobierno de Guatemala. Esta iniciativa de Ley también permite el intercambio de información, regularización de bases de datos y servidores, así como otras normas de simplificación para los procesos administrativos. Esto reduciría la burocracia que involucra mayor número de personas para hacer una sola tarea, como ocurre en las organizaciones grandes que no por tener mucho número de personas son eficientes y brindan un servicio adecuado a sus clientes, reduciendo también el excesivo uso de papel, ayudando al medio ambiente. Asimismo, permitiría que los ingenieros en sistemas y profesionales que conocen las nuevas tendencias de la información puedan participar para brindar más servicios sin dejar de lado la seguridad de la información como lo requiere la ISO 27001.

Hemos escuchado la frase “el tiempo es dinero” y también sabemos que en la selva viven los que aprenden a ser agiles más que los que son muy grandes o pesados. En este sentido es valioso que nuestras instituciones de Gobierno se alivianen y que puedan responder con mayor efectividad a los procesos administrativos que de hecho es uno de los aspectos que califican los indicadores internacionales de país Doing Business (2) en la cual Guatemala ha tenido baja calificación (puesto 96 de 189 países).
Los tramites que se reducen según iniciativa 5766 son específicamente los Mercantiles, que incluyen la apertura de un nuevo negocio en el país, registro de marcas y derechos de autor, patentes de invención, registro de Fundaciones, Asociaciones y otras personas jurídicas, maquila y zona franca, tramites de la inspección de trabajo, así como otras, no así en Fiscales ante SAT, laborales ante el Seguro Social – IGSS.

(1) Por ejemplo, en Colombia se emitió la Ley 2052 durante 2020 para buscar mayor eficiencia en procesos y procedimientos a nivel de tramite con instancias del Gobierno. Por su parte Brasil implemento desde 2015 leyes para establecer el Gobierno Electrónico o e-Gobierno, e incluso en 2021 publico leyes para BlockChain y Chryptomonedas.

(2) El Doing Business mide la facilidad de hacer negocios en un país en temas de obtención de licencias para crear una empresa, los permisos de construcción y los registros de propiedad, entre otros. En este ranking, en 2017, de los 189 países del mundo, solo un país de la región estaba entre los 50 mejores y solo nueve figuraban entre el puesto 51 y 100 (de los cuales Guatemala esta en el puesto 96).

Hay definiciones muy valiosas en esta iniciativa de Ley 5766 con 16 páginas y 42 Artículos como lo son

  • i. Se define el Documento electrónico, que es aquel documento que nació a la vida jurídica de forma electrónica, en su Artículo 4 del proyecto.
  • ii. Se establecen mecanismos para calificación de servicios, en su Artículo 11.
  • iii. Se establece plena validez a los documentos apostillados según convenio de La Haya, sin que sea necesario una acreditación ante una entidad pública o la traducción del sello de la apostilla, en su Artículo 18.
  • iv. Se definen los medios electrónicos que permiten realizar trámites a distancia o la mejora de sus archivos, con las condiciones de seguridad procedentes, incorporando la firma electrónica avanzada en su Artículo 23. Este mismo Articulo refiere que los sitios web o portales institucionales que implementen la gestión de trámites administrativos deberán estar disponibles sin restricciones de horarios
  • v. Se ordena que las entidades implementen los Expedientes electrónicos, con bases de datos deben tener copias (backups) y conservarse en servidores locales o remotos, según Articulo 28.
  • vi. Se refiere la Interconectividad del Estado para simplificar trámites, según Articulo 31, los Portales Institucionales para facilitar los servicios al usuario según el Artículo 32, así como los Catálogos electrónicos con el apoyo del Ministerio de Economía quien desarrollara una página web de servicios según el Articulo 35


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Para lo cual la iniciativa de Ley 5766 fija un plazo de seis meses para colocar sus formularios y solicitudes en línea, a través de páginas web desarrolladas para el efecto, que sería probablemente en abril de 2021, porque el Decreto entraría en vigor noventa (90) días después de su publicación en el Diario Oficial.

Asimismo, se fija un plazo de dos (2) años para implementar sistemas que permitan realizar trámites en medios electrónicos, lo cual probablemente seria en julio de 2023.

Para Guatemala y nuestra ECONOMIA es importante renovar la VISION a través de este tipo de iniciativas que permitirán comenzar a instituir el Gobierno electrónico que se requiere en estos tiempos. ECONOMIA y VISION son dos ingredientes que debemos siempre tomar en cuenta para hacer mejoras y en ECOVIS GUATEMALA podemos apoyarte para tener la agilidad requerida en tus negocios y tramites.

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